Obrasy es gratis para empresas de hasta 5 trabajadores.Empieza ahora →
Facturación

VeriFactu en la construcción: qué cambia para empresas y autónomos y cómo prepararse

VeriFactu cambiará la forma en la que constructoras, reformistas, instaladores y autónomos emiten sus facturas. Esta guía explica las fechas reales, las obligaciones y los casos propios del sector sin confundir VeriFactu con la factura electrónica.

Obrasy
Equipo Obrasy
··22 min de lectura

VeriFactu obligará a muchas empresas de construcción y profesionales autónomos a cambiar el programa con el que emiten sus facturas. No modificará la manera de ejecutar una obra, calcular una certificación o aplicar el IVA, pero sí exigirá que el sistema de facturación genere registros trazables e inalterables y que las facturas incorporen un código QR.

Las fechas vigentes son claras: las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades deberán tener adaptados sus sistemas antes del 1 de enero de 2027. Para el resto de los contribuyentes incluidos en la norma, entre ellos muchos autónomos que desarrollan actividades económicas, el plazo termina el 1 de julio de 2027.

Esto no significa que todas las constructoras tengan que enviar obligatoriamente cada factura a Hacienda en tiempo real. La regulación admite dos formas de cumplimiento: un sistema VERI*FACTU, que remite los registros de facturación a la Agencia Tributaria, y un sistema NO VERI*FACTU, que los conserva con requisitos adicionales de seguridad, firma y control.

La diferencia puede parecer técnica, pero afecta a una realidad muy cotidiana. En construcción, una factura rara vez nace aislada: suele proceder de un presupuesto, una medición, una certificación, un anticipo o una parte concreta de una obra. Adaptarse bien no consiste únicamente en añadir un QR al PDF. Consiste en preservar ese flujo de trabajo sin perder trazabilidad ni obligar a la empresa a duplicar información.

Respuesta rápida: si tu constructora, empresa de reformas o negocio instalador utiliza un programa para facturar, debes comprobar que estará adaptado al Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación. La obligación comienza el 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto de obligados. VeriFactu no es lo mismo que la factura electrónica B2B.

Qué es VeriFactu, explicado sin lenguaje fiscal

Aunque todo el mundo habla de “la ley VeriFactu”, el nombre se utiliza de manera imprecisa para referirse al Reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023 y desarrollado técnicamente por la Orden HAC/1177/2024.

Su objetivo es impedir que un programa permita borrar, modificar u ocultar ventas sin dejar rastro. Para conseguirlo, el software debe generar un registro de facturación al emitir cada factura. Ese registro incorpora datos de control, queda enlazado con el anterior mediante una huella digital o hash y permite detectar alteraciones u omisiones.

En la práctica, el nuevo sistema persigue seis cualidades: integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad. Si una factura ya emitida contiene un error, la solución no será entrar en el programa, cambiar el importe y volver a guardar el documento como si nada hubiera ocurrido. Habrá que corregirla mediante el procedimiento fiscal correspondiente y conservar el rastro de lo sucedido.

El Reglamento no sustituye las normas de facturación existentes. Una constructora seguirá teniendo que decidir correctamente quién factura, cuándo se devenga la operación, qué tipo de IVA corresponde o si existe inversión del sujeto pasivo. VeriFactu actúa sobre el sistema que registra y emite la factura; no resuelve por sí solo el tratamiento fiscal de cada operación.

Cuándo entra en vigor VeriFactu para la construcción

La implantación se aplazó mediante el Real Decreto-ley 15/2025. A fecha de actualización de esta guía, el calendario oficial es el siguiente:

Tipo de contribuyente Fecha límite
Sociedades y entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades 1 de enero de 2027
Autónomos y resto de obligados incluidos en el Reglamento 1 de julio de 2027

Por tanto, afirmar de forma genérica que “VeriFactu es obligatorio en 2026” es incorrecto. El periodo anterior a esas fechas tiene la consideración de periodo de pruebas. Durante él puede utilizarse voluntariamente un sistema VERI*FACTU y enviar registros de prueba, pero las reglas de permanencia propias del periodo obligatorio todavía no actúan de la misma forma.

Esperar al último mes, sin embargo, no suele ser una buena decisión. Una empresa constructora puede manejar distintas series, facturas de anticipos, certificaciones, abonos, retenciones contractuales, trabajos para promotores y facturas de subcontratistas. Antes de migrar conviene probar todo el circuito con casos reales, formar a quien factura y decidir qué ocurrirá con el histórico.

A quién afecta VeriFactu en el sector de la construcción

La actividad —construcción, reformas, fontanería, electricidad, climatización o cualquier otra— no determina por sí sola la obligación. Lo relevante es la situación tributaria del empresario o profesional, el territorio fiscal aplicable y el sistema utilizado para facturar.

Como regla práctica, una sociedad limitada constructora que factura mediante un ERP estará normalmente dentro del ámbito. También puede estarlo un autónomo albañil, reformista o instalador que utiliza un programa informático para emitir y registrar facturas. El tamaño de la empresa o el número de trabajadores no constituyen, por sí solos, una exención.

Entre los principales supuestos que deben analizarse por separado se encuentran:

  • Los contribuyentes que llevan los libros registro del IVA mediante el Suministro Inmediato de Información (SII), cuyas operaciones quedan fuera del ámbito en los términos previstos por la norma.
  • Los negocios sometidos a normativa foral, que deben comprobar el sistema aplicable en su territorio, como TicketBAI u otras obligaciones propias.
  • Determinadas operaciones para las que no existe obligación de expedir factura.
  • Los casos autorizados específicamente por la Agencia Tributaria.
  • Los sistemas que no tienen la consideración de sistema informático de facturación según el uso y las funciones que realmente realizan.

No conviene decidir la aplicación basándose en una frase encontrada en internet. Si existe una situación especial —SII, grupo de IVA, establecimiento permanente, normativa foral o autorización de facturación—, debe revisarse con la asesoría fiscal y con el proveedor del programa.

¿Qué ocurre si una empresa hace las facturas en Word o Excel?

Esta es una de las preguntas más delicadas porque “usar Excel” puede significar cosas muy distintas. No es igual escribir manualmente los datos de una factura en una plantilla que utilizar hojas con macros, bases de datos, numeración automática, conservación estructurada y procesos que constituyan realmente un sistema de facturación.

El Reglamento se dirige a los sistemas informáticos que soportan procesos de facturación. Por eso, presentar Word o Excel como una vía universal para evitar la norma sería irresponsable. Además, incluso cuando un método manual pudiera quedar fuera de la definición técnica en un caso concreto, seguir facturando así puede aumentar los errores, dificultar el control de cobros y dejar a la empresa mal preparada para la futura factura electrónica entre empresas.

La pregunta útil no es “¿cómo puedo evitar VeriFactu?”, sino “¿cómo puedo adaptar la facturación sin empeorar mi trabajo?”.

VeriFactu y factura electrónica no son lo mismo

La confusión más habitual consiste en usar ambos términos como si fueran sinónimos. No lo son, y una empresa que confunde ambas obligaciones puede creer que ya está cubierta cuando en realidad no lo está.

VeriFactu / Reglamento SIF Factura electrónica B2B
Regula cómo debe funcionar el programa que genera los registros de facturación. Regula el formato y el intercambio electrónico de facturas entre empresas y profesionales.
Busca integridad, trazabilidad e inalterabilidad. Busca digitalizar el envío, la recepción y los estados de pago.
Puede seguir existiendo una factura en PDF o papel, con los requisitos aplicables. Exigirá formatos y canales electrónicos conforme a su desarrollo normativo.
Genera registros de alta o anulación y exige QR en las facturas afectadas. Se centra en la relación y el intercambio entre emisor y destinatario.

Una empresa puede prepararse para ambas obligaciones con una misma plataforma, pero debe comprobar que el proveedor las trata como proyectos jurídicos y técnicos distintos. Añadir un QR no convierte automáticamente un PDF en la futura factura electrónica estructurada, y enviar una factura electrónica tampoco demuestra por sí solo que el software cumple el Reglamento SIF.

Las dos modalidades: VERI*FACTU y NO VERI*FACTU

El Reglamento permite dos caminos válidos para el software VeriFactu para construcción. La elección afecta principalmente a cómo se protegen y conservan los registros.

Sistema VERI*FACTU: envío de registros a la AEAT

Un sistema VERI*FACTU remite a la Agencia Tributaria los registros de cada factura de forma continuada, segura, automática y consecutiva. No envía necesariamente todo el PDF o cada detalle comercial del documento, sino el registro estructurado exigido por la norma.

Esta modalidad reduce parte de la carga técnica que recae sobre el sistema local. Por ejemplo, los registros enviados no requieren la misma firma electrónica exigida en la modalidad no verificable y el usuario queda liberado de determinadas responsabilidades de conservación y custodia de esos registros.

Si falla internet o el servicio de la AEAT sufre una incidencia, la empresa no tiene que paralizar su facturación. El sistema debe continuar operando y reintentar los envíos posteriormente, identificando la incidencia conforme a las especificaciones técnicas.

Sistema NO VERI*FACTU: conservación reforzada

En esta modalidad los registros no se remiten automáticamente con cada factura. Permanecen en el sistema, que debe aplicar medidas adicionales: firma electrónica de registros, registro de eventos, conservación segura, capacidad de exportación, alarmas y controles que permitan verificar la huella, el encadenamiento y la ausencia de manipulaciones.

No significa “seguir como hasta ahora”. También es una modalidad regulada y el programa debe estar preparado para remitir los registros cuando la Administración los requiera.

Para muchas pymes, VERI*FACTU puede resultar más sencillo operativamente. Sin embargo, la elección debe valorar la conectividad, la política fiscal, la arquitectura del software y las recomendaciones de la asesoría. Lo importante es que el proveedor explique con claridad qué modalidad ofrece y qué implica.

Qué cambiará en las facturas de una constructora

La parte visible será el código QR. Cuando corresponda, la factura también mostrará la mención propia de la modalidad VERI*FACTU. Sin embargo, los cambios esenciales suceden dentro del programa.

Al emitir una factura, el sistema deberá crear el registro de alta con la información obligatoria y los elementos de seguridad. Los registros se encadenarán para que una omisión resulte detectable. Si debe anularse un registro, se generará el registro de anulación previsto; no se eliminará de la base de datos como si nunca hubiera existido.

Esto obliga a distinguir mejor los estados del trabajo:

  • Un borrador aún puede revisarse porque no se ha emitido como factura definitiva.
  • Una factura emitida ya ha generado consecuencias fiscales y un registro que no debe reescribirse libremente.
  • Una factura rectificativa corrige otra factura conforme a las reglas de facturación.
  • Un registro de anulación se utiliza para corregir un registro generado o remitido indebidamente, pero no equivale automáticamente a borrar una operación económica real.

Un buen programa debe evitar que una persona administrativa necesite entender la estructura XML o el encadenamiento criptográfico. La complejidad legal tiene que resolverse por debajo; la interfaz debe guiarla con acciones claras y advertencias comprensibles.

Cómo afecta VeriFactu a certificaciones, anticipos y facturas de obra

Aquí es donde una solución genérica puede quedarse corta. VeriFactu no crea una clase fiscal nueva llamada “factura de obra”: las facturas siguen sometidas a la normativa general. Pero el programa debe respetar las particularidades del proceso constructivo que desemboca en ellas.

Certificaciones de obra

Una certificación acredita y valora la parte de obra ejecutada durante un periodo. No debe confundirse automáticamente con la factura, aunque en la práctica ambas estén estrechamente relacionadas.

El flujo correcto en construcción puede ser:

  1. Se registran mediciones y unidades ejecutadas.
  2. Se prepara la certificación.
  3. La dirección facultativa o el cliente la revisa y aprueba, según el contrato.
  4. Se emite la factura cuando corresponde de acuerdo con la operación y su devengo.
  5. El sistema genera el registro de facturación VeriFactu o SIF.

La certificación puede corregirse mientras está en fase de revisión. Lo que no debe hacerse es modificar silenciosamente una factura ya emitida porque después se haya discutido una medición. El programa tiene que separar ambos documentos y conservar su relación.

Facturas de anticipo

Los cobros anticipados pueden tener efectos fiscales antes de la finalización de la obra. Si existe un anticipo que deba facturarse, el software debe emitir el documento correspondiente y generar su registro. Más adelante, la factura final o las certificaciones deberán reflejar correctamente las cantidades anticipadas sin duplicarlas.

Retenciones de garantía

En numerosos contratos se retiene un porcentaje como garantía. Esa retención contractual no debe confundirse con una retención tributaria. Su tratamiento en la factura, el cobro y la contabilidad debe configurarse correctamente, y el programa debe permitir ver con claridad el total facturado, el importe pendiente y la cantidad retenida.

Inversión del sujeto pasivo

Determinadas ejecuciones de obra y cesiones de personal vinculadas a urbanización, construcción o rehabilitación pueden estar sujetas a inversión del sujeto pasivo del IVA cuando concurren los requisitos legales. En esos casos, el emisor no repercute el IVA de la forma ordinaria y la factura debe contener la mención correspondiente.

VeriFactu no decide si la inversión del sujeto pasivo se aplica. Esa decisión depende de la operación y debe validarse fiscalmente. El software sí debe permitir emitir la factura con su clave y contenido correctos, y generar un registro coherente.

Facturas rectificativas y cambios posteriores

Una obra puede sufrir modificaciones, diferencias de medición, devoluciones o errores de facturación. Con el nuevo sistema será todavía más importante corregir mediante una factura rectificativa cuando corresponda, enlazarla con el documento original y mantener el historial completo.

La regla operativa es sencilla: antes de emitir, revisar; después de emitir, rectificar con trazabilidad.

Qué debe tener un software VeriFactu para construcción

No basta con que la web de un proveedor muestre un logotipo de VeriFactu. Una empresa constructora debería pedir una explicación concreta y comprobar que la solución encaja con su actividad real.

1. Declaración responsable del productor

La norma no plantea una homologación previa universal de cada programa por parte de Hacienda. El productor debe acompañar el sistema con una declaración responsable que identifique la versión y manifieste que cumple los requisitos aplicables. Conviene desconfiar de expresiones vagas como “homologado por la AEAT” si no se explica exactamente qué significan.

2. Registros de alta y anulación

El programa debe generarlos en el formato exigido y preservar su relación. La persona usuaria no tendría que crearlos manualmente.

3. Encadenamiento y huella digital

Los registros se enlazan mediante hash. Esto permite detectar saltos y alteraciones. No es suficiente guardar un PDF en una carpeta.

4. QR correcto en la factura

El código debe construirse conforme a las especificaciones de la Agencia Tributaria y aparecer en las facturas afectadas. Poner cualquier QR que abra una página web no cumple el requisito.

5. Gestión de errores y respuesta de la AEAT

En modalidad VERI*FACTU, el sistema debe informar si un registro ha sido aceptado, aceptado con errores o rechazado, y facilitar su corrección sin perder el rastro.

6. Trabajo durante incidencias

Una obra no puede detener su administración porque la conexión falle. El programa debe conservar los registros pendientes y reintentar el envío cuando se recupere el servicio.

7. Series y centros de facturación

Constructoras con varias líneas de negocio, delegaciones o series necesitan una configuración coherente. El encadenamiento y la identificación de cada sistema no pueden improvisarse al final.

8. Flujo de obra completo

Lo ideal es que presupuesto, medición, certificación, factura, vencimiento y cobro estén relacionados. Si cada paso vive en una aplicación diferente, la empresa puede cumplir formalmente y seguir perdiendo horas copiando datos. Los mejores ERP para empresas de construcción ya integran estos flujos en una sola plataforma.

9. Permisos y auditoría

No todos los empleados deben poder emitir, rectificar o anular facturas. El sistema debería registrar quién realiza cada acción y separar los permisos administrativos de los operativos.

10. Exportación y acceso al histórico

Antes de contratar, hay que preguntar cómo se exportan las facturas y los registros, cuánto tiempo estarán disponibles y qué ocurre si finaliza el servicio.

En Obrasy, la facturación se conecta con presupuestos, obras, clientes y control económico para que cumplir VeriFactu no signifique volver a introducir los mismos datos. Solicitar acceso a Obrasy.

Cómo prepararse para VeriFactu paso a paso

La adaptación puede organizarse sin convertirla en un proyecto interminable.

Paso 1. Identifica quién emite facturas y desde dónde

Anota todos los puntos de emisión: oficina, delegaciones, aplicaciones independientes, TPV, gestoría o programas específicos. Una empresa puede tener más de un sistema, pero cada uno debe cumplir y su funcionamiento debe estar delimitado.

Paso 2. Revisa tu situación tributaria

Confirma si la empresa tributa por el Impuesto sobre Sociedades, si opera mediante un autónomo, si está en SII o si le afecta normativa foral. Esto fija el alcance y la fecha límite.

Paso 3. Pregunta al proveedor por escrito

Solicita la versión adaptada, la modalidad ofrecida, la declaración responsable, el plan de migración y el tratamiento del histórico. No te conformes con “estamos trabajando en ello”.

Paso 4. Limpia series y procesos

Es un buen momento para revisar numeraciones duplicadas, series que ya no se usan, permisos excesivos y facturas que se crean fuera del sistema principal.

Paso 5. Prueba casos propios de construcción

No hagas una prueba únicamente con una factura sencilla. Comprueba una certificación, un anticipo, una rectificativa, una inversión del sujeto pasivo, una retención de garantía y una factura con varias partidas.

Paso 6. Forma a administración y gerencia

El equipo debe comprender cuándo un documento es borrador, cuándo se considera emitido y cómo corregirlo. La mayoría de los errores no vendrán del hash, sino de seguir aplicando hábitos antiguos a un sistema nuevo.

Paso 7. Define el plan de arranque

Decide la fecha, realiza una copia o exportación del histórico, cierra las series antiguas cuando proceda y verifica las primeras respuestas del sistema. Evita cambiar de programa el mismo día en que vence el plazo legal.

Errores frecuentes al adaptar una constructora a VeriFactu

Confundir el QR con el cumplimiento completo

El QR es solo la parte visible. La trazabilidad, los registros, el encadenamiento, la declaración responsable y el resto de medidas son igual o más importantes.

Pensar que Hacienda aprobará cada factura antes de enviarla

VeriFactu no convierte a la AEAT en una dirección facultativa fiscal que autoriza el contenido económico de cada documento. El emisor sigue siendo responsable de que la factura sea correcta.

Mezclar certificación y factura

Si el sistema trata una certificación en revisión como una factura emitida, cualquier ajuste posterior se vuelve innecesariamente complejo. Ambos documentos deben estar conectados, pero no confundidos.

Corregir eliminando

La posibilidad de borrar facturas definitivas sin rastro es precisamente una de las prácticas que la norma pretende impedir. Debe existir un procedimiento controlado de anulación o rectificación.

Mantener varios programas sin control

Facturar unas obras desde el ERP, otras desde Excel y algunas desde la gestoría puede romper la visión financiera y complicar la numeración y las series. Antes de 2027 conviene dibujar el proceso completo.

Elegir únicamente por cumplir

Un programa puede satisfacer el mínimo técnico y no servir para gestionar una constructora. La adaptación debería aprovecharse para conectar lo fiscal con el control real de presupuestos, obras, facturas y cobros.

Sanciones relacionadas con el software de facturación

El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria contempla sanciones graves para quienes no cumplan con el Reglamento de Sistemas Informáticos de Facturación.

Para el usuario: la tenencia de sistemas que no cumplan cuando deban estar adaptados, o de sistemas adaptados que hayan sido posteriormente alterados, puede sancionarse con 50.000 euros por ejercicio.

Para productores y comercializadores: la fabricación, producción o venta de sistemas incumplidores puede alcanzar 150.000 euros por ejercicio y por cada tipo de sistema. La comercialización sin la certificación exigida puede conllevar además 1.000 euros por sistema.

Estas cifras no deben utilizarse como un mensaje de miedo que sustituya el análisis jurídico. La existencia de una infracción requiere comprobar los hechos, el ámbito de aplicación y la responsabilidad. Pero sí demuestran que continuar facturando con un sistema antiguo y manipulable después de la fecha aplicable no es un riesgo menor.

La Agencia Tributaria ha aclarado en sus preguntas frecuentes que conservar un programa antiguo exclusivamente para consultar el histórico no implica necesariamente una infracción, siempre que ya no permita emitir nuevas facturas y pueda acreditarse esa limitación. Exportar los datos y desactivar su función de facturación es la opción más prudente.

¿Conviene empezar a utilizar VeriFactu antes de 2027?

Puede ser razonable si el sistema está maduro y la empresa quiere probar el proceso con tiempo. La ventaja no consiste solo en anticiparse a la fecha: permite detectar errores en series, datos fiscales, permisos y circuitos de rectificación antes de que la adaptación sea obligatoria.

Durante el periodo de pruebas anterior a las fechas oficiales, la AEAT permite dejar de enviar registros de prueba y utilizar otros sistemas. Una vez que la obligación esté vigente y el contribuyente comience a operar en modalidad VERI*FACTU, deberá mantenerse al menos hasta el final del año natural en que inició los envíos efectivos.

No hace falta precipitarse, pero sí llegar a 2027 con el trabajo probado. Para una constructora con muchas obras y facturas, migrar en diciembre sin ensayo previo sería asumir un riesgo innecesario.

VeriFactu como oportunidad para mejorar la gestión de la obra

Cumplir la norma puede convertirse en una tarea puramente fiscal: cambiar el programa, generar el QR y continuar trabajando de la misma manera. Pero también puede aprovecharse para eliminar procesos que llevan años costando tiempo.

Cuando el presupuesto aprobado se convierte en obra, la certificación recupera las partidas ejecutadas y la factura nace de esa certificación, la empresa reduce errores y conoce mejor su margen. Si además los vencimientos y cobros están relacionados, gerencia puede detectar qué trabajos están ejecutados, cuáles se han facturado y qué dinero sigue pendiente.

Ese es el enfoque útil para el sector. Una constructora no necesita “hacer VeriFactu” como una tarea aislada; necesita facturar correctamente sin perder el control de la obra.

Gestiona obras, presupuestos y facturación desde un único lugar. Obrasy está diseñado para que la obligación fiscal encaje en el trabajo diario de una empresa de construcción. Descubre Obrasy.

Preguntas frecuentes sobre VeriFactu en construcción

¿VeriFactu será obligatorio para todas las constructoras?

No puede responderse solo por la actividad. En general afectará a contribuyentes incluidos en el Reglamento que utilicen sistemas informáticos para emitir facturas, pero existen exclusiones: determinadas operaciones en SII, territorios con normativa foral propia o situaciones específicas autorizadas. Debe revisarse el caso fiscal concreto con la asesoría.

¿Cuándo es obligatorio VeriFactu para una sociedad limitada constructora?

Las entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades deberán tener adaptados sus sistemas informáticos de facturación antes del 1 de enero de 2027.

¿Cuándo es obligatorio para un autónomo de la construcción?

Para los autónomos incluidos en el ámbito del Reglamento, la fecha general es el 1 de julio de 2027.

¿Hay que enviar todas las facturas a Hacienda en tiempo real?

No necesariamente. El Reglamento admite la modalidad VERI*FACTU, con remisión de registros a la AEAT, y la modalidad NO VERI*FACTU, que los conserva localmente con mayores requisitos de seguridad y control. Ambas deben cumplir la regulación vigente.

¿VeriFactu sustituye a la factura electrónica?

No. VeriFactu regula el funcionamiento del sistema de facturación y sus registros de integridad. La factura electrónica B2B regula el formato y el intercambio de facturas entre empresas y profesionales. Son obligaciones distintas con calendarios distintos.

¿Una certificación de obra debe enviarse a VeriFactu?

Una certificación no es automáticamente una factura. El registro VeriFactu se genera cuando se expide la factura mediante el sistema, conforme al tratamiento fiscal de la operación. El programa debe diferenciar la certificación en revisión de la factura definitiva.

¿Se puede modificar una factura después de emitirla con VeriFactu?

No debe reescribirse o borrarse como si nunca hubiera existido. Cuando hay un error, debe aplicarse el procedimiento correcto: una factura rectificativa o la anulación del registro cuando proceda, conservando siempre la trazabilidad completa.

¿Las facturas VeriFactu llevan código QR?

Sí. Las facturas completas y simplificadas afectadas por el Reglamento deberán incluir el código QR con el contenido y formato establecidos por la AEAT. En la modalidad VERI*FACTU se incorpora además la mención correspondiente en el documento.

¿Puede seguir usándose un programa antiguo para consultar facturas anteriores?

La AEAT admite que pueda conservarse únicamente como histórico si ya no permite emitir nuevas facturas y esa circunstancia puede demostrarse. Lo aconsejable es exportar la información y desactivar de forma efectiva la función de facturación del sistema antiguo.

¿Existe un software VeriFactu gratuito de Hacienda?

La Agencia Tributaria ofrece una aplicación básica para pequeños operadores. Exige identificar completamente al cliente, no admite facturas simplificadas ni facturas con varios destinatarios y puede resultar insuficiente para una empresa que necesita presupuestos, certificaciones, control de obras y seguimiento de cobros.

Conclusión: adaptarse sin convertir VeriFactu en otro problema administrativo

VeriFactu no cambiará cómo se coloca un ladrillo ni cómo se mide una partida, pero sí la forma en que el programa registra la factura que nace de ese trabajo. Para las empresas de construcción, el reto no consiste en aprender conceptos criptográficos. Consiste en elegir un sistema que cumpla la norma y respete el funcionamiento real de una obra.

Las sociedades deberán estar preparadas antes del 1 de enero de 2027 y el resto de obligados antes del 1 de julio de 2027. Hay tiempo para hacerlo bien: revisar el alcance, ordenar series, probar certificaciones y anticipos, formar al equipo y migrar sin prisas.

La mejor adaptación será aquella que apenas se note en el día a día. El sistema debe ocuparse de los registros, el QR, el encadenamiento y la comunicación con la AEAT, mientras la empresa se concentra en presupuestar, ejecutar, certificar, facturar y cobrar sus obras.

¿Quieres preparar tu empresa para VeriFactu sin añadir otro programa aislado? Con Obrasy puedes conectar la gestión de la obra con presupuestos y facturación desde una plataforma creada para constructoras, reformas e instaladores. Solicitar una demostración.

¿Te ha sido útil?

Comparte este artículo con tu equipo

Soluciones de Obrasy relacionadas

¿Listo para digitalizar tu empresa?

Obrasy es el ERP diseñado para empresas de construcción. Empieza gratis, sin tarjeta.

Empieza gratis